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El
femicidio de Rita Soruco llegó a juicio oral
Fuente:
Reenvío Forofem.- 28/9/08
La
condena al concubino de Rita por homicidio simple, muestra la
necesidad del movimiento de mujeres de luchar por la
incorporación de la figura de femicidio al Código Penal.
También el juicio permitió desentrañar el origen de la
violencia física, psíquica y económica que aquejó a Rita,
joven originaria, hasta matarla, en una provincia en la que
siguen existiendo las relaciones de servidumbre.
El
jueves 18 de septiembre, se conoció la condena a Oscar Jerez,
asesino de Rita Soruco, joven originaria de Maimará que
murió a manos de él, su concubino. El Tribunal lo condenó a
16 años de prisión, en medio de una sala llena con
compañeros de Rita de la comunidad originaria Maymaras,
integrantes de la Multisectorial de la Mujer de Jujuy y
estudiantes de derecho.-
Como
la querella expresó en un segmento de su alegato, “en el
homicidio de Rita Nora Soruco, estamos muy lejos de hablar de
un crimen pasional. No solo porque esta forma habitual con la
que se anoticia el crimen de una mujer, como ocurrió con este
crimen cuando se dio a conocer la noticia en los medios
locales, es una forma de perpetuar la idea de que cuando se
mata a una mujer, se lo hace por fuerzas inmanejables para el
autor como el amor, la venganza, etc. sino porque la historia
de Rita -que se pudo reconstruir en estas audiencias-, muestra
que el crimen no fue mas que una consecuencia de la profunda
opresión y violencia que ella vivía, de parte del procesado.
“Rita
Soruco era una joven originaria. Se relacionó con el
procesado al ser empleada doméstica de su madre. Ella llegó
a esa relación por su hermana Silvia Soruco, quien era “criada”
de la hermana de Jerez, testigo en esta causa. Se trata de una
relación laboral de otra época: era una relación de
servidumbre como ocurre con tantas mujeres originarias de
nuestra provincia. Silvia Soruco era empleada a cambio de
techo y comida, esa relación de servidumbre le permitió
estudiar.
“Rita
Soruco siempre estuvo en el límite de la relación de
servidumbre con Jerez. Jerez le dijo que se viniera a San
Salvador como su novia, pero le dijo a su madre que venía
como empleada, como señaló SORUCO LETICIA.
“Jerez
no se relacionaba con Rita Soruco como pareja, sino como
dueño y patrón. Los maltratos consistían en golpes, como
testimonió Maria Ester Mamaní, y en órdenes constantes,
como testimonió uno de sus hermanos en esta audiencia.
“Entre
las órdenes que Rita debía acatar estaba la de vivir junto a
Jerez, realizar las tareas de limpieza de su casa y también
la de la madre del procesado; trabajar atendiendo el puesto de
bebidas, cuando había trabajo; no salir a trabajar por su
cuenta; criar a sus hijos; agachar la cabeza cuando salía a
la calle con Jerez (ya desde que ella iba a la escuela
secundaria debía evitar mirar a otro lado, como relató uno
de sus hermanos), y seguramente tener relaciones sexuales
cuando el lo dispusiera.
“Jerez,
como señaló uno de los hermanos Soruco, ni siquiera entraba
a saludar a la casa de los familiares de Rita cuando la
llevaba en su vehículo, despreciaba a ella y a su familia por
su calidad de personas originarias, porque la única relación
que los unía históricamente era la de servidumbre.
“Pero
el sometimiento que parecía tan natural para Rita Soruco,
porque nuestra sociedad lo naturaliza, tenía un límite, y
era no tener dinero para que sus hijos se alimentaran o se
vistieran. Rita vivió a la fuerza bajo esta situación,
seguramente por un amor difícil de comprender para los que
estamos acá, pero demasiado común y reiterado para la
mayoría de las mujeres. Tan común que según la ONU una de
cada tres mujeres en el mundo sufre violencia o abuso. Y tanto
tardó en decidir liberarse de esa relación, por las
constantes amenazas que recibía de Jerez, relacionadas con
que él le quitaría a los chicos, o que la mataría.
“Jerez
hizo las dos cosas que Rita temió que el haría. La mató, y
decidió que sus hijos se quedarían con su hermana,
seguramente para iniciar otra de las tantas relaciones de
servidumbre”
“Lamentablemente
los pedidos de ayuda que realizó Rita y sus miedos, no fueron
considerados en su verdadera dimensión. JEREZ la mató el
mismo día que Rita había decidido comunicarle a él que se
iba a Maimará a trabajar; como manifestó la hermana del
procesado, y como se acredita con las demás testimoniales, ya
que estaba listo su ingreso a la cooperativa KAUQUEVA; hecho
anunciado contra el que Jerez combatía con sus amenazas.
“Esa
muerte también había sido anunciada. “Que lástima, tus
hijos se van a quedar sin madre porque te voy a matar, y sin
padre porque voy a ir a la cárcel”.- Estas fueron las
palabras de JEREZ que RITA refirió a una de sus hermanas,
SORUCO LETICIA, testigo en esta causa.
“JEREZ
ya había decidido que Rita Soruco no se fuera de su casa,
porque ni la suerte de ella ni la de sus hijos era importante.
No importaba si tenían o no para comer. Incluso su hija mayor
tardó en ser reconocida, y nunca él le pasó alimentos
mientras estaban separados, como una forma más de violencia,
violencia económica. Al punto que fue la madre de Rita quien
intervino, como quedó acreditado en las audiencias y que
también fue amenazada por Jerez.
“La
muerte fue el último peldaño de poder que tenía Jerez para
poseer y controlar a su concubina. La violencia como recurso
en casos como este, es instrumental. No de trata de una
pérdida de control sino de una toma de control.”
La
querella pidió 25 años de prisión, el máximo de la pena
establecida para el homicidio simple, carátula del
expediente.- La defensa pidió el mínimo de la pena, es decir
8 años.- La pena decidida por el Tribunal fue la que propuso
el fiscal.-
Si
bien la pena para el homicidio de Rita Soruco es alta en
función de las condenas por homicidio simple de la misma Sala
I de la Cámara en lo Penal, que en general son de 8 años, y
en un caso de 10 años, lo cierto es que aparece un problema
legislativo que tiene que ver con la figura penal atribuible
en estos casos.
Como
se planteó en la III Jornada de Derechos de las mujeres,
violencia y salud organizada por la Casa de la Mujer María
Conti de San Pedro, el solo hecho de que Jerez y Rita se
hubieran casado legalmente, hubiera llevado a Jerez a la pena
de prisión perpetua, porque el homicidio no era simple, como
en este caso, sino calificado por el vínculo.
De
ello se desprende que es un requerimiento del movimiento de
mujeres luchar por la incorporación de la figura del
femicidio en el Código Penal, como ocurrió en Guatemala o se
plantea con fuerza en Chile, ya que el femicidio es entendido
como la muerte de una mujer por parte de su conyuge, concubino
o cualquier hombre que hubiese tenido un vínculo afectivo con
la víctima, y se impide la aplicación de atenuantes cuando
hay antecedentes de violencia familiar. Hay que aclarar que el
femicidio es entendido como una forma extrema de la violencia
de género, que hoy sacude a nuestro país con las noticias
casi habituales de mujeres asesinadas por sus parejas o ex
parejas en distintas provincias.
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