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Salud Sexual y Reproductiva: Anticoncepción
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El diario - 19 de junio de 2003 (Argentina)
UNA DECISION INEDITA EN LA PROVINCIA
Autorización judicial para una ligadura de trompas
Diferencias: mientras organizaciones solidarias, entidades intermedias y otros sectores de la sociedad civil impulsan avances legislativos que permitan complementar la Ley de Procreación Responsable poniendo en manos de cada persona la posibilidad de someterse a una ligadura de trompas o una vasectomía, un fallo judicial contradice a otros anteriores, aunque en este caso hay particularidades que lo vuelven especial.
Una jueza de Santa Rosa decidió autorizar a que una joven discapacitada pueda someterse a una intervención quirúrgica de ligadura de trompas, en lo que constituye una decisión inédita en la
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| provincia, según confirmaron fuentes judiciales. El fallo fue rubricado por la jueza en lo Civil número 3, Victoria Elena Fresco. Lleva como fecha el 3 de abril y se produjo en un contexto en el que diversos sectores de la sociedad civil están propiciando que se legisle -como complemento de la Ley de Procreación Responsable- la posibilidad de que las personas escojan por sí mismas si quieren ligarse las trompas o practicarse una vasectomía.
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La jueza, ante la presentación realizada por un defensor general que representó a la familia de la joven, aseveró que con su decisión trató de "resguardar el derecho a la dignidad, de raigambre constitucional, el cual quedaría -de no hacerse lugar- conculcado ante la gestación sin tener plena comprensión de ello", por parte de la involucrada.
La presentación la hizo la madre de la muchacha discapacitada, quien ya tiene dos hijos. La operación de ligadura de trompas ya fue practicada, ni bien dio a luz a su segunda descendencia, hace menos de dos meses.
Otra interpretación para otro caso
La noticia se vuelve más importante si se toma en cuenta la reticencia de los jueces de la provincia a otorgar autorizaciones judiciales para este tipo de operaciones. En rigor, son los sectores menos pudientes los que salen perjudicados: mientras aquellos con capacidad económica pueden pagar esas intervenciones en clínicas privadas, sin necesidad de pasar por la burocracia judicial, los profesionales médicos se niegan a hacer esa misma operación en los hospitales públicos y obligan a sus pacientes a recurrir a los estrados judiciales.
El caso más renombrado en los últimos tiempos fue el de Marcela Fernández (siete hijos e imposibilitada de utilizar otros mecanismos de anticoncepción): la jueza Gabriela Pibotto de Langlois se negó a darle autorización y debió hacerse la intervención en la provincia de Río Negro, donde está permitida.
Esta nueva situación -que benefició a una familia de escasos recursos y que es la primera de este tipo en la provincia, según confirmó una fuente con acceso al expediente- tiene aristas que la hacen especial: se trata de una mujer discapacitada, con un nivel de comprensión muy escaso. Tiene un retardo moderado con trastornos asociados. Su edad mental es calculada por los profesionales como inferior a los 10 años.
El objetivo de la presentación fue "evitar la procreación incontrolada e irresponsable de una persona declarada incapaz" y que tuvo "sucesivos embarazos", cita el fallo al que ayer tuvo acceso El Diario. Uno de sus hijos tiene seis años y también fue fruto de una "relación esporádica".
El derecho de procrear
La jueza Victoria Elena Fresco afirmó, en el fallo que autorizó la ligadura de trompas de una joven discapacitada, que los métodos alternativos de anticoncepción intentados "no han dado resultado alguno, en atención a la actividad sexual promiscua que lleva, imposible de controlar". La joven tiene -dice- una "falta de salud mental que le impide comprender el acto sexual".
Añade que "la situación que se avizora no es para nada venturosa, resultando no fácil la solución del presente, por cuanto nos encontramos frente al derecho de procrear en contraposición con el deber de no tener más hijos, por no estar dadas las condiciones mínimas para ello".
El fallo deja en claro que la exposición del psiquiatra Raúl García García fue "contundente". La ingesta de pastillas es, en el caso de la joven, contraindicada por el hipotiroidismo crónico y el dispositivo intrauterino (DIU) "no es idóneo". Se cita, además, que nuevos embarazos podrían agravar aún más la situación.
La jueza, no obstante, recuerda que la Ley 17.132, en su artículo 20, inciso 18), prohíbe las prácticas que provoquen la esterilización "sin indicación terapéutica determinada y sin haber agotado todos los recursos" previos. Lo mismo establece la Ley Provincial 504, en su artículo 20, inciso 8).
Victoria Elena Fresco señala que la muchacha "no comprende el rol de madre" y que ni siquiera existe seguridad de que su descendencia no padezca enfermedades de tipo psiquiátrico. La joven resulta "incapaz de consentir" las relaciones sexuales que mantenga.
"No cabe duda alguna que la solución propiciada resulta la más adecuada, ya que se debe entender que la ligadura tubaria bilateral en el caso en autos tiene un carácter terapéutico-preventivo al no existir un método anticonceptivo u otra alternativa segura y posible para evitar otros embarazos", asevera la Justicia.
Remarca que el niño "por nacer" (que ya fue dado a luz) es de padre desconocido, al igual que en el caso de su hijo mayor. A criterio de Fresco no hay dudas de que se está frente a una de "las excepciones previstas en el inciso 18 de las leyes" precedentemente citadas.
También pasa revista a un fallo de la Cámara del Crimen de Río IV, que estableció en mayo del año '94: "No es punible la operación de ligadura de trompas como proceso de esterilización femenina, practicada por médico diplomado, cuando tiene por objeto evitar embarazos incontrolados de joven mujer que padece demencia irreversible declarada judicialmente como una patología que la impulsa a la actividad sexual por carecer de frenos inhibitorios de alguna especie".
Mujeres
Las integrantes del movimiento Mujeres por la Solidaridad expresaron ayer que los legisladores recibieron con "buena predisposición" el proyecto de ley para incorporar la ligadura de trompas y la vasectomía como métodos anticonceptivos en la Ley de Procreación Responsable. Para explicar la reunión del martes con los diputados, brindaron una conferencia de prensa pero hasta ayer desconocían el fallo de la doctora Fresco, que seguramente les servirá como antecedente para fundamentar el reclamo que vienen haciendo.
"Nuestro deseo es que estas prácticas se hagan en los hospitales públicos, para personas que tengan toda la información", dijo Mónica Rodríguez.
Remarcaron la necesidad de una definición lo más pronta posible debido a la situación de urgencia de una cantidad importante de mujeres. Y sobre todo de unas 19 personas con un promedio de ocho a nueve hijos que reclaman una solución.
Consideraron que se podría realizar algún tipo de convenio o acuerdo con el Hospital de Villa Regina (Río Negro), donde mujeres pampeanas fueron a ejercer el derecho de hacerse la ligadura de trompas ante la negativa en el ámbito sanitario pampeano.
LA ARENA 20 de junio de 2003 www.laarena.com.ar
DERECHO A PROCREAR VS. DEBER DE NO TENER HIJOS
Conmueve escuchar a la madre contar la historia. Sorprende oír al hermano hablar con tanto conocimiento de leyes y resoluciones. Es martes a la noche y la escena transcurre en una muy humilde casa de barrio. Ambos están sentados alrededor de una mesa junto al cronista. Unos metros más allá escucha, de a ratos, la protagonista de un historia muy particular.
Aunque no fue la primera resolución favorable en la justicia pampeana (ver aparte), ello no invalida la importancia de la autorización dada por una jueza local a una mujer de 23 años para ligarse las trompas de Falopio con el fin de "evitar embarazos incontrolados". La operación se practicó el martes 22 de abril, en el sanatorio Santa Rosa, y estuvo a cargo del médico Rubén Dayán. En el mismo acto nació un hermoso bebé.
La resolución de la jueza Elena Victoria Fresco fue tomada en virtud de resguardarse "el derecho a la dignidad, de raigambre constitucional, el cual quedaría conculcado", de no hacerse lugar al recurso de amparo, "ante la gestación sin tener plena comprensión de ello".
El amparo fue presentado por la madre de M.I. _se publican las iniciales de sus dos nombres por cuestiones de privacidad_ basándose en la incapacidad de su hija. La madre, que además es su curadora, consiguió esa sentencia judicial a fines de 1999, después de una lucha de casi cuatro años. M.I., según los médicos, presenta un retraso mental irreversible por enfermedad congénita.
El año pasado, al ver que había vuelto a quedar embarazada _ya tiene un hijo de seis años_ la madre presentó el amparo para ligarle las trompas de Falopio ante el defensor oficial Jorge Oscar Cañón. Fue una carrera contra reloj, explicó ella, porque su segundo nieto tenía pronóstico de sietemesino. "Finalmente nació a los ocho meses y todo salió bien", acotó.
"NO DARSE POR VENCIDO"
"A través de la presente acción se intenta evitar la procreación incontrolada e irresponsable de una persona declarada incapaz, por sucesivos embarazos", fue uno de los argumentos centrales del recurso; añadiendo que "los métodos alternativos de anticoncepción intentados no han dado resultado alguno".
Fresco, titular del Juzgado en lo Civil 3, puso particular atención para hacer lugar al amparo en el "contundente" informe del psiquiatra forense Raúl García García, ya que la ley vigente prohíbe la práctica de operaciones que provoquen la esterilización "sin que exista indicación terapéutica perfectamente determinada".
García García dijo que la ingesta de pastillas estaban contraindicadas para la joven, que el dispositivo intrauterino "no resulta idóneo" y que ella es "incapaz" de desempeñar su maternidad. Tampoco descartó que futuros hijos padezcan enfermedades siquiátricas similares. Por eso fue que la jueza sostuvo que la intervención quirúrgica de M.I. "tiene un carácter terapéutico-preventivo" al no existir "otra alternativa segura".
Más adelante remarcó que en este caso se contraponen "el derecho a procrear" y "el deber de no tener más hijos", concluyendo que "el derecho de tener un hijo se transforma en un deber de no tenerlo".
Finalmente, la magistrada escribió en los fundamentos: "No es punible la operación de ligadura de trompas, como procedimiento de esterilización femenina, prácticada por médico diplomado, cuando tiene por objeto evitar embarazos incontrolados de joven mujer que padece demencia irreversible declarada judicialmente".
"Lo único que puedo decir es que la gente no tiene que darse por vencida ante el primer `no' _expresó el hermano de M.I._. Cuando averigé qué podía pasar, varios abogados me dijeron que era muy difícil que aceptaran el amparo porque ningún juez lo había aceptado. Pero no nos quedamos frente a esa supuesta imposibilidad, y seguimos adelante".
La madre, mientras le daba la mamadera a su pequeño nieto, agregó con satisfacción: "Fue una lucha muy dura. Sufrí un gran desgaste emocional muy grande".
El cronista se quedó pensando en la lucidez que tuvo esa mujer para presentar el amparo y recordó la vieja historia de las graves dificultades que tienen los sectores pobres de la sociedad para acceder a un derecho.
El Diario - 18 de junio de 2003
MUJERES POR LA SOLIDARIDAD
Presentan anteproyecto
El grupo Mujeres por la Solidaridad llevó ayer a la Cámara de Diputados su propuesta de incorporar la práctica de la ligadura de trompas y la vasectomía como un método anticonceptivo. Presentaron un anteproyecto de ley sobre "Contracepción Quirúrgica" donde propician que "el gobierno de La Pampa garantiza el derecho a la salud de la población, otorgando la posibilidad de acceder a los procedimientos de anticoncepción quirúrgica, ligaduras de trompas y vasectomía, en los establecimientos de salud del sector estatal de la provincia de La Pampa".
La doctora Mónica Rodríguez - una de las integrantes de Mujeres- explicó que sobre lo actuado hasta el momento, sobre los antecedentes judiciales y jurídicos existentes, como se fueron acercando mujeres al grupo, como el tema está inserto en la sociedad, la realización de una campaña de recolección de firmas y de relevamiento del pensamiento de la gente a acerca del tema, además de señalar el desconocimiento de algunos aspectos.
En la reunión estuvo presente el doctor Mario Mas, el jefe del Servicio de Tocoginecología del Hospital de Villa Regina. Mas y Rodríguez detallaron que el espíritu de la ley busca resolver el problema de equidad, que no tengan solamente acceso los que tienen mayores recursos económicos, además de informar adecuadamente a las personas para que la decisión sea independiente.
Las integrantes de Mujeres por la Solidaridad expresaron que es necesario tener una decisión política. Además, consideraron que no hay que pensar en los costos y poner énfasis en mejorar la calidad de vida de los sectores más pobres.
Cabe recordar que la diputada Silvia Soto (PJ), autora de la ley de Procreación Responsable expresó un matiz respecto a la postura de Mujeres.... Consideró que la ligadura y la vasectomía son métodos irreversibles y que deben considerarse método de esterilización y no de anticoncepción.
Entre la alternativas que manejaron con los legisladores, las asistentes evaluaron: 1) hacer una ley independiente; 2) modificar la ley de procreación responsable; 3) modificar la ley 504, otra ley relacionada a la salud de la población.
Locales Miércoles 18 de Junio de 2003
LIGADURA DE TROMPAS
MUJERES PRESENTARON PROYECTO DE LEY
El grupo de Mujeres por la Solidaridad le entregó ayer a la comisión de Legislación Social de la Cámara de Diputados un proyecto de ley para garantizar a la población el acceso a la "anticoncepción quirúrgica" (ligadura de trompas y vasectomía) en los hospitales públicos provinciales.
El grupo estuvo acompañado por el médico rionegrino, Mario Mas, jefe de tocoginecología del hospital de Villa Regina donde se realizan habitualmente este tipo de operaciones que en La Pampa se restringen (ver aparte). Por las mujeres estuvieron presentes Mirta Fiorucci, Laura Iglesias, Sara Vidart, Mónica Rodríguez, Ana Mura, Mónica Molina y Marcela Fernández.
El proyecto de las Mujeres por la Solidaridad _que recogieron más de tres mil firmas en apoyo a la iniciativa_ apunta a dar cobertura legal a los profesionales pampeanos de los hospitales públicos que se niegan a realizar ligaduras de trompas si no cuentan con una autorización judicial.
El texto que ayer entregaron a los diputados, establece que no es necesaria una autorización judicial para que los médicos de los establecimientos asistenciales públicos de La Pampa realicen estas prácticas quirúrgicas. Sólo será necesario el consentimiento escrito.
En la propuesta se admite la posibilidad de que haya "objetores de conciencia" entre los médicos que deban realizar las operaciones pero aún así el estado deberá garantizar la realizacion de la práctica. Impulsan además que esté contemplada entre las prestaciones del Servicio Médico Previsional (Sempre).
En los fundamentos de su proyecto las mujeres repasan la situación legal nacional e internacional y, en el caso de nuestra provincia, citan un fallo del Juzgado de Primera Instancia de la Familia y el Menor a cargo de Alberto Andreotti que reivindica el derecho de las personas para "elegir lo que considere necesario a su bien personalísimo y a su cuerpo".
Andreotti en ese fallo descalifica que pueda recurrirse a la ley nacional 17.133 para no realizar las ligaduras porque esa norma legal, dice el juez, sólo está vigente en la Capital Federal. La alusión a este fallo fue incluido en los fundamentos porque algunos médicos pampeanos de hospitales públicos intentan eludir la realización de ligaduras de trompas o vasectomías citando, por analogía, a esa ley.
Las autoras del proyecto advierten que estas objeciones parecen estar ligadas más a la pobreza de quienes las solicitan en el hospital público que al derecho, porque no se conoce que idénticos reparos se pongan en los establecimientos privados cuando las mujeres que tienen recursos para pagar la operación solicitan se les ligue las trompas de Falopio.
Luego de recordar el papel pionero de La Pampa en la legislación sobre "procreación responsable" de 1991, las Mujeres por la Solidaridad consideran que la ley que proponen "democratizar el acceso a los procedimientos de anticoncepción quirúrgica y es un paso más en el camino transitado por esta Legislatura en la lucha por la concreción de los derechos sexuales y reproductivos de los ciudadanos en general y de las mujeres en particular".mfior
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