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Fallo del superior tribunal de justicia
La adhesión a la Ley de
Ligadura de Trompas es intrascendente
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes considera “intrascendente”
la ley provincial que señala la adhesión de la provincia a
la Ley Nº 26.130, que reglamenta la práctica de la
anticoncepción quirúrgica en hospitales públicos. Esto se
desprende de un fallo emitido el 6 de noviembre tras una
presentación realizada desde la Defensoría de Pobres y
Ausentes, en el caso de una mujer a la que se negó la
práctica de la ligadura en el hospital Vidal.
Los médicos habían argumentado que la ley de adhesión de la
provincia todavía no estaba en vigencia, ya que aún no fue
publicada en el Boletín Oficial.
Este diario pudo acceder a la sentencia, que se limita a dar
la orden de que los profesionales médicos cumplan con la
legislación nacional en vigencia, sin siquiera mencionar la
cuestión relativa a la ley provincial.
Fuentes del tribunal reiteraron a La República que la ley
provincial no tiene ni la más mínima incidencia, ya que “siempre
es superior, por jerarquía, una ley nacional. Más si legisla
exactamente sobre lo mismo”.
El problema es que los médicos, que siguen negándose a
realizar las cirugías, alegaban en principio que para tener
validez en el territorio provincial, debía aprobarse una ley
de adhesión, desestimando por completo el hecho de que la ley
nacional es de aplicación en todo el territorio y que no
tiene artículo ni cláusula de adhesión, por lo que las
provincias no pueden optar. “Lo que abunda no daña, hay
más de 19 mujeres esperando esta ley para conseguir que los
médicos les hagan la ligadura”, dijo el senador Javier
Mustrassi hace algunos meses, cuando tras la aprobación de la
ley nacional presentó el proyecto de adhesión. Sin embargo,
en los tribunales coinciden en que precisamente esa acción es
la que retrasa la práctica, a causa de las confusiones que su
mera existencia provoca.
“Fue un error, porque si los médicos no están
suficientemente informados, se presta a confusión. Esa
confusión puede hacerlos víctimas de demandas, al negarse a
cumplir con una ley nacional en vigencia”, aseguraron. “La
ley provincial es un exceso que no tiene razón de ser, un
intento de figurar cuando el Congreso Nacional ganó de mano a
los legisladores provinciales en un tema que venía
discutiéndose hace tiempo”, aseguraron.
La sentencia estará firme solamente si no se la apela antes
del 21 de este mes.
Fuente: La República
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