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Fallo del superior tribunal de justicia
La adhesión a la Ley de Ligadura de Trompas es intrascendente


El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes considera “intrascendente” la ley provincial que señala la adhesión de la provincia a la Ley Nº 26.130, que reglamenta la práctica de la anticoncepción quirúrgica en hospitales públicos. Esto se desprende de un fallo emitido el 6 de noviembre tras una presentación realizada desde la Defensoría de Pobres y Ausentes, en el caso de una mujer a la que se negó la práctica de la ligadura en el hospital Vidal.
Los médicos habían argumentado que la ley de adhesión de la provincia todavía no estaba en vigencia, ya que aún no fue publicada en el Boletín Oficial.
Este diario pudo acceder a la sentencia, que se limita a dar la orden de que los profesionales médicos cumplan con la legislación nacional en vigencia, sin siquiera mencionar la cuestión relativa a la ley provincial.
Fuentes del tribunal reiteraron a La República que la ley provincial no tiene ni la más mínima incidencia, ya que “siempre es superior, por jerarquía, una ley nacional. Más si legisla exactamente sobre lo mismo”.
El problema es que los médicos, que siguen negándose a realizar las cirugías, alegaban en principio que para tener validez en el territorio provincial, debía aprobarse una ley de adhesión, desestimando por completo el hecho de que la ley nacional es de aplicación en todo el territorio y que no tiene artículo ni cláusula de adhesión, por lo que las provincias no pueden optar. “Lo que abunda no daña, hay más de 19 mujeres esperando esta ley para conseguir que los médicos les hagan la ligadura”, dijo el senador Javier Mustrassi hace algunos meses, cuando tras la aprobación de la ley nacional presentó el proyecto de adhesión. Sin embargo, en los tribunales coinciden en que precisamente esa acción es la que retrasa la práctica, a causa de las confusiones que su mera existencia provoca.
“Fue un error, porque si los médicos no están suficientemente informados, se presta a confusión. Esa confusión puede hacerlos víctimas de demandas, al negarse a cumplir con una ley nacional en vigencia”, aseguraron. “La ley provincial es un exceso que no tiene razón de ser, un intento de figurar cuando el Congreso Nacional ganó de mano a los legisladores provinciales en un tema que venía discutiéndose hace tiempo”, aseguraron.
La sentencia estará firme solamente si no se la apela antes del 21 de este mes.

Fuente: La República