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Un fallo de crueldad y
ensañamiento para Romina
CONFIRMAN EL PROCESAMIENTO DE ROMINA TEJERINA
"No aguanto más", dijo
Romina entre lágrimas. El miércoles 14 de julio de 2004, ella
se enteró de la decisión que la mantiene en prisión. "No sé si
voy a poder ser fuerte", dijo también. Romina estaba muy
ilusionada con su libertad, porque eso le hicieron creer
despiadadamente con "mensajes" que le llegaban de fuentes
cercanas a varios jueces. Pero todo era mentira, una vez más,
como si a quienes no les basta con ordenar su encierro, se
empecinaran en martirizarla y destruirla. Y el dolor es aún
mayor cuando uno la conoce, porque Romina no deja de
enternecer con su juventud, su voz y sus palabras. Y hoy con
su llanto y sus palabras entrecortadas, con su dolor de quien
es acompañada por miles y miles que quieren su libertad y
comprenden su tragedia, pero es castigada hasta el cansancio
por este poder judicial que se ha ensañado con ella.
Con fecha 12 de julio de 2004, la Sala de Apelaciones de la
Cámara en lo Penal, bajo la presindencia de trámite del Dr.
NESTOR HUGO PAOLONI, confirmó el procesamiento por homicidio
calificado de ROMINA dictado por el Juez Argentino Juárez. La
noticia fue recibida por los familiares de Romina en medio de
llantos inacabables, con los corazones deshechos, pero
rodeados por miles que los acompañaron en el dolor y en los
abrazos, en ese sentimiento de indignación e impotencia, y
aplaudieron y gritaron cada vez que MIRTA TEJERINA a través
del megáfono ponía en el banquillo de los acusados a los
jueces que se ensañaron cruel y cínicamente con ROMINA y con
las mujeres, y dan impunidad a violadores y a corruptos.
La sentencia luego de referirse en extenso al derogado inc. 2
del art. 81 del Código Penal (el delito de infanticidio
derogado en 1994) expresa: "solo resta analizar si ROMINA
ANAHI TEJERINA se encontraba padeciendo psicosis puerperal, en
base a los informes agregados en autos, entendemos que no
(...) En el caso traído a consideración, las pericias
psicológicas agregadas las cuales son contestes con el plexo
probatorio independiente señalado, abonan suficientemente una
prueba con el grado de probabilidad que justifica la secuencia
de un juicio. Que lo actuado por la instrucción no adolece de
fallas formales ni sustanciales (...) no se afectó el derecho
de defensa".
A un año y cuatro meses de detención de ROMINA, luego de nueve
meses de profundo dolor, soledad, falta de contención,
silencio, vergüenza, ocultamiento del abuso sexual sufrido y
del propio embarazo, luego de frustrados intentos de aborto,
el Juez PAOLONI y las juezas FRANCK de MORENO y LILIANA SNOPEK
confirman sus procesamiento, alargándole aún mas el dolor,
ignorando nuevamente las pericias y demás pruebas que sí
acreditan el estado de locura de ROMINA, aún aceptando en el
propio fallo que si en el momento oportuno (instrucción) se le
negó la posibilidad de defenderse mediante el impedimento de
producir pruebas si lo podrá hacer (defenderse con las pruebas
negadas en la instrucción) en el juicio (ver recuadro) Es
decir, a Romina no solo no le dejaron producir prueba que hoy
podría tenerla en libertad, no solo estuvieron un año -en vez
de 30 días- para decidir en primera instancia su
procesamiento, no solo estuvieron cuatro meses -en vez de 10
días- para resolver sobre la apelación de tal procesamiento,
sino que además, luego de hacerle llegar varios mensajes de
que la liberarían, e incluso dejando entrever desde dos jueces
(incluido PAOLONI) de que harían lugar a la nulidad ya que
faltaban producir dos pruebas y que lo harían antes de la
feria -ocurriendo esto último efectivamente-, luego de todo
ello, ROMINA junto a su familia debió soportar, tal vez cuando
más esperanzas tenía de ser liberada, la confirmación de su
procesamiento y el conocimiento de que ahora viene otra etapa
judicial, en la que seguirán los mensajes falsos e hipócritas,
donde nuevamente harán lo que quieran con los tiempos, porque
el objetivo, claramente, es quebrarla y golpearla con todo el
ensañamiento de un poder judicial que sin piedad y con toda
crueldad encarcela a víctimas como ROMINA, y brinda impunidad
absoluta a violadores -como EMILIO EDUARDO VARGAS- y a autores
de crímenes como el de ZULMA GUTIERREZ, LILIANA AMANTE, DIEGO
CHIRI, JUAN CARLOS URO y tantos otros en nuestra propia
provincia.
La noticia de la confirmación del procesamiento hundió en
lágrimas a las hermanas de Romina y a su madre, que marchaban
junto a otros familiares de casos impunes, como el remisero
"Bebe" Uro, Adelina Robles, Zulma Gutierrez, Rodríguez,
Orlando, y junto a movimientos de desocupados.
Es por eso, que esos familiares y los desocupados de la CCC,
luego de compartir el dolor de todos, y el de la familia de
ROMINA, decidieron marchar hasta la Sala de Apelaciones en lo
Penal, anunciando lo que será el JUICIO ORAL al que este poder
judicial decidió que iríamos. Un JUICIO ORAL en el que estarán
presentes todas las historias de mujeres que han sufrido lo
mismo que Romina, mujeres que fueron violentadas y luego de
años de silencio, hoy ven en Romina su propia historia, su
propia vergüenza y humillación, la impunidad de su abusador.
Mujeres que fueron investigadas por ser víctimas, como fue
investigada ROMINA en el expediente de violación, mujeres que
también sufrieron la locura ante un embarazo con el que nunca
pudieron tener un vínculo de amor, sino de muerte, porque el
querer arrancarse las marcas de la violación de las entrañas,
del propio cuerpo, era, para ROMINA, como para tantas otras
mujere, una inevitable consecuencia.
Nos preparamos para un JUICIO ORAL en el que la libertad de
ROMINA se imponga ante la opresión que sufre la mujer y ante
la naturalización de la violencia que es legitimada por el
poder judicial y que todas las instituciones del Estado
reproducen a costa, incluso, del despiadado y cruel robo de la
vida de mujeres como ROMINA. A ROMINA ya la marcó la tragedia.
Y hoy esa tragedia se sigue profundizando como una canallada.
LAS PRUEBAS NEGADAS
Las pruebas que a Romina no se le permitieron realizar
-habiéndose solicitado en agosto de 2003- fueron la autopsia
al feto a los fines de determinar el tiempo de gestación y el
posible cambio de carátula por un delito excarcelable y una
pericia que determine la posibilidad de que el trastorno por
estrés pos traumático diagnosticado junto al estado puerperal
podían provocar una psicosis al momento del hecho que
determinaba la inimputabilidad que ya estaba planteada en la
única pericia psiquiátrica realizada -ya que la otra pericia
realizada, el examen mental obligatorio, no solo es al solo
efecto de determinar la capacidad procesal de Romina, sino que
incluso fue realizada por un médico forense que no solo no es
especialista en psiquiatría ni psicología, sino que además la
martirizó en tal examen con preguntas que nuevamente la
colocaban a Romina como el sujeto a investigar en el caso de
abuso sexual, y luego, fue el encargado de seguir
manoseándola, realizándole bajo las órdenes del juez Juárez un
examen ginecológico.
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