EN
OTRO CASO DE UNA NENA VIOLADA
Un
derecho rechazado
Fuente:
Página 12 del 4 de septiembre de 2008
Por
Mariana Carbajal
Hace
pocos días, la ministra de Salud, Graciela Ocaña, se
negó a facilitar la realización de un aborto en el
sector público a otra niña, de 13 años, también de
Mendoza, que quedó embarazada a raíz de sucesivos
abusos sexuales por los cuales está acusado su padre
biológico. La madre de la chica pidió la interrupción
de la gestación. Pero en el Hospital Lagomaggiore, el más
importante de la capital mendocina, le obstaculizaron la
intervención. Este caso no trascendió a los medios
hasta ahora. Para Ocaña, ese aborto no podía
considerarse no punible porque la niña –como la que
ahora está internada en el hospital pediátrico– no
era discapacitada mental. Y rechazó la posibilidad de
gestionar un servicio médico donde pudieran
practicarlo.
La
niña, que llamaremos Marina, tiene 13 años. El 23 de
julio, su mamá denunció en la Justicia que su hija había
sido violada en reiteradas oportunidades por su marido y
pidió la interrupción del embarazo.
La
mamá relató que se enteró de lo ocurrido al llevar a
la niña a que le practicaran unos exámenes médicos.
Según dijo, Marina le contó llorando todo: que el
responsable del embarazo era su papá, que los abusos
fueron reiterados, que llevaban más de dos años y que
debido a las amenazas y golpes que le propinaba debió
callar todo. La mamá pidió la interrupción del
embarazo para que se realizara en un hospital público,
a fin de conservar restos genéticos del feto que
sirvieran como prueba en la causa. Un día después de
la denuncia, el 24 de julio, el acusado fue detenido. A
los cinco días, fue imputado por abusos reiterados de
su hija.
Integrantes
de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto
–formada por ONG de mujeres de todo el país– se
acercaron a la madre y a la niña para acompañarlas. Y
al ver que se obstaculizaba la interrupción del
embarazo, se pusieron en contacto con la ministra de
Salud, Graciela Ocaña, para pedirle que facilitara la
atención en algún otro hospital público del país.
Según relataron, Ocaña había dado su palabra de que
se ocuparía de los casos de aborto no punible –para
que no tuvieran que judicializarse–- en una reunión
en la que había recibido a activistas de la Campaña, a
poco de asumir. Pero la respuesta de Ocaña fue
negativa. En realidad, Ocaña dejó clara su posición a
través de una pregunta: “¿La niña tiene alguna
discapacidad o demencia como marca la ley?”, respondió,
según pudo confirmar PáginaI12 de distintas fuentes,
incluida una del Ministerio de Salud. Este diario intentó
consultar a la ministra sobre el caso, pero no obtuvo
respuesta.
La
ministra hizo una interpretación restrictiva del Código
Penal: si se trata de un embarazo producto de una
violación, el aborto sólo es no punible cuando la
mujer es “idiota o demente”. La Guía Técnica para
la Atención Integral de los Abortos No Punibles,
elaborada por un equipo interdisciplinario a fines de la
gestión del antecesor de Ocaña, Ginés González García,
interpreta, en cambio, que el inciso 2º del artículo
86 del Código se refiere a dos situaciones distintas:
cuando una mujer es violada o cuando sufre un atentado
al pudor o abuso sexual una mujer con discapacidad
mental. También, un criterio más amplio contempla que
la continuidad del embarazo puede afectar la salud (psíquica)
de la niña, que tuvo una relación sexual no
consentida, según la denuncia, perpetrada por su propio
padre. Esta última interpretación es la que se
consensuó en el proyecto de reglamentación de los
abortos no punibles que ya tiene dictamen de la Comisión
de Salud de la Cámara de Diputados de la Nación.
Un
dictamen del Instituto de la Mujer y de la Dirección de
Derechos Humanos de la provincia de Mendoza concluyó
que el caso de Marina sí encuadraba en los criterios de
no punibilidad contemplados en el Código Penal. Entre
los fundamentos, el dictamen conjunto de los dos
organismos –al que tuvo acceso este diario– menciona
el fallo del 14 de febrero de 2007 del Tribunal de
Menores Nº 1 de Mar del Plata, que avaló un aborto en
el caso de una niña de 14 años sin discapacidad mental
y abusada sexualmente por la pareja de su madre, un
cuadro muy semejante al de Marina y también al de la niña
internada en el Hospital Notti. “Es incuestionable que
llevar adelante un embarazo proveniente de una violación
es susceptible de lesionar o agravar la salud psicofísica
de la embarazada”, sentenció la jueza marplatense
Silvina Darmandrail sobre el caso conocido como V. O.
para avalar la interrupción del embarazo que pedía su
madre. Ese fallo fue ratificado por la Cámara Civil de
Mar del Plata que, además, despejó dudas en torno del
alcance de su inciso 2º: cualquier mujer, y no sólo
aquella que sufra una discapacidad mental, tiene derecho
a un aborto si la gestación es producto de una violación.
En
el expediente de Marina figuran tres pericias que
coincidieron en señalar que, en el momento de la
entrevista, la niña mostró alto nivel de angustia, con
llanto permanente y dificultades para expresar
verbalmente lo que sucedía. En la entrevista, Marina
manifestó el rechazo por su embarazo: “Quiero que me
saquen esto”, dijo señalando su vientre.
Pero
en el Hospital Lagomaggiore no se allanaron a realizar
el aborto. El sábado 16 de agosto la niña fue sometida
a nuevas evaluaciones. Una médica de la Maternidad del
hospital dictaminó que su caso “no se ajusta a lo
expresado por la ley” y sugirió que la niña llevara
el embarazo a término y diera en adopción a la
criatura. “La interrupción del embarazo no garantizaría
el futuro de la salud mental de la paciente, ya que el
aborto puede ser una causal de futuros desequilibrios psíquicos”,
afirmó. Por entonces, Marina cursaba la semana 16ª de
gestación. Dos días después, perdió espontáneamente
el embarazo. Se pudo preservar material genético para
probar el abuso, pero ahora la Justicia de la provincia
a través de la Defensoría de Menores está acosando a
la familia en procura de averiguar lo sucedido con el
embarazo.