|
LA
JUSTICIA AUTORIZO LA INTERRUPCION DEL EMBARAZO A UNA CHICA
VIOLADA POR SU PADRASTRO
Para evitar el riesgo
psíquico de la víctima
En
un fallo inédito, una jueza de Mar del Plata permitió el “aborto
terapéutico” a una niña de 14 años, al considerar que el
embarazo producto de un abuso intrafamiliar constituye un
peligro para su salud, que abarca también el aspecto
psíquico. Una asesora de menores apelará el fallo.
Fuente:
Página 12
Por
Carlos Rodríguez
En un fallo que renueva la polémica sobre el aborto
terapéutico cuya aplicación legal se contempla en el
artículo 86 del Código Penal, una jueza de Mar del Plata
autorizó la “interrupción del embarazo” de una chica de
14 años, cuyas iniciales son V.O., quien fue violada por su
padrastro. El hombre fue expulsado del hogar que compartía
con la madre de la chica y fue denunciado ante la Justicia por
el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso
carnal”. La jueza entendió que la situación de la niña
“configura un estado de necesidad”. Al momento de la
decisión judicial, firmada el miércoles, la chica presentaba
un embarazo de diez semanas de gestación, lo que llevó a la
jueza de Menores Silvina Darmandrail a señalar en su fallo la
necesidad de que el Poder Judicial se someta “al ritmo
inexorable de un proceso biológico” que “impone una
adaptación de los tiempos judiciales a los tiempos vitales y
las exigencias de la lex artis para llevar adelante la
práctica para la cual se solicita autorización”. El
planteo de la jueza se debe a la certeza de que su decisión
será apelada y que esto supondrá una demora procesal que
podría hacer peligrar la realización del aborto
terapéutico, aun en el caso de que, finalmente, la
resolución sea ratificada por la Justicia.
Esta frustración ya se
vivió en agosto de 2006, en el caso de L.M.R., una chica
discapacitada que también había sido violada, dado que los
médicos del Hospital San Martín de La Plata se negaron a
efectuar la intervención, a pesar del fallo judicial
favorable, porque argumentaron que la gestación estaba en la
semana 20ª y que la práctica abortiva significaba “matar
al feto”. En el caso actual, la chica violada no tiene
ninguna deficiencia mental ni física. De todos modos, la
jueza ordenó practicar el aborto terapéutico, con el aval de
las opiniones de especialistas que intervienen en el caso. La
chica, aunque ni siquiera ha cumplido los 16 años, edad que
la Justicia considera adecuada para expresar en forma
autónoma su opinión, manifestó a su madre: “Yo no lo
quiero tener”. Y la madre, que es enfermera, también
expresó su opinión de recurrir “a medios o sitios
alternativos”, si la Justicia desestima el pedido.
La jueza Darmandrail sostuvo
que el caso está encuadrado “sin forzar demasiado los
argumentos” (ver aparte) en el inciso 1º del artículo 86
del Código Penal, es decir en la autorización del “aborto
terapéutico fundado en el peligro para la vida o la salud de
la madre”. En la parte resolutiva del fallo se recordó que
la Organización Mundial de la Salud “en su Constitución de
1946, define salud como el estado de completo bienestar
físico, mental, espiritual, emocional y social, y no
solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” mentales
o físicas.
El cuadro familiar del caso
es en extremo delicado. V.O., de 14 años, es hija del primer
matrimonio de su madre, que hasta hace un tiempo vivía en
concubinato con su segundo marido, un hombre con el cual la
mujer tuvo otras dos hijas, que hoy tienen 3 y 4 años. La
chica abusada, además de rechazar un embarazo no buscado y de
repudiar al abusador, también se plantea cómo será su vida
posterior, si es que tiene al hijo engendrado en contra de su
voluntad con su padrastro violador. Ella se pregunta “cómo
les dirá (a sus hermanas menores) que su hijo es hermano de
las niñas por parte de su padre y sobrino por parte de ella”.
El caso fue evaluado por la
perito psicóloga Beatriz Marcela Malbrán, quien trabaja en
el Juzgado de Menores Nº 1 de Mar del Plata a cargo de la
doctora Silvina Darmandrail. En la charla con la profesional,
la madre de V.O. expresó que “su hija le pide que la ayude
a solucionar este problema”. Ante la solicitud, la madre
expresó “su búsqueda para que su hija aborte y que no
lleve este problema más allá de lo traumático en relación
con el abuso” sexual del que fue víctima. La psicóloga
dejó sentado que, en la charla con ella, la menor se mostró
“lúcida, coherente, comunicativa” y resaltó que llora
“cuando se refiere a la conflictiva familiar”.
Todo ello hace suponer,
según la opinión de la psicóloga Malbrán, que se trata de
“un relato genuino, espontáneo, en el que no detecta
inducción, manipulación ni fabulación” alguna. También
se dejó constancia de que la menor presenta “signos
frecuentes en víctimas de abuso sexual. Su relato impresiona
coherente, consistente y veraz. De su discurso se deduce que
ha sido víctima de abuso sexual”.
“Yo no lo quiero tener”,
es la frase que dijo V.O. cuando le preguntaron sobre su
embarazo. En las charlas con las profesionales del juzgado, la
madre de la chica dijo conocer, por ser enfermera, todas las
alternativas legales del pedido formulado, pero fue
contundente: “No la voy a dejar a ella con el fruto de esa
violación”. La mujer, cuando supo que su pareja había
violado a su hija, echó al hombre de la casa en la que
vivían todos y lo denunció penalmente. La mujer quiere que
el aborto se realice con la precaución de “conservar las
pruebas necesarias para la investigación penal del delito”
cometido por su ex concubino.
La asesora de menores de los
tribunales marplatenses Silvia Fernández consideró, al ser
consultada, que el caso no está contemplado en el artículo
86 del Código Penal y que debe prevalecer el derecho a la
vida del niño por nacer. También señaló que “ante la
eventual interpretación extensiva y aplicación consecuente
al caso de autos de las excepciones contenidas en el artículo
86 del Código Penal” ella plantea “su
inconstitucionalidad, con fundamento en el principio de
eventualidad”, dando intervención a la Defensoría General
de Menores marplatense.
Como la jueza consideró que
debe aplicarse dicho artículo 86, la asesora presentará esta
mañana la apelación del fallo de la jueza Darmandrail que
autoriza el aborto terapéutico. El caso tendrá que ser
definido por las instancias superiores de la Justicia
marplatense, lo que supone una demora en todo el proceso,
mientras el embarazo sigue su marcha. De todas maneras, la
asesora compartió con la jueza la necesidad de imprimirle
celeridad al trámite judicial.
El informe de la asistente
social del juzgado, Daniela Camerucci, dejó sentado que la
niña embarazada “ha manifestado angustia frente a la
posibilidad de tener el bebé y que por lo tanto no quiere
hablar más de la situación”. Se hizo mención a que “existe
muy buena relación (de la niña) con la madre y con el resto
del grupo familiar”, es decir con sus dos hermanas menores.
V.O. sólo le hace a su madre el siguiente reproche: “¿Por
qué en vez de hacer la denuncia, no me lo sacaste?”, en
alusión al embarazo. En algunos momentos de desesperación,
la chica llegó a preguntarle a su madre, “si con un golpe
el embarazo se desprende”. La madre le respondió en forma
afirmativa, pero le dijo que era necesario buscar “otra
solución”.
La posibilidad de realizar el
aborto terapéutico fue presentado ante el Comité
Hospitalario de Etica del Hospital Privado de Comunidad de la
ciudad de Mar del Plata, cuyos diez miembros señalaron que el
caso tiene que ser autorizado por la Justicia. El Comité hizo
saber su temor por “la extrema debilidad manifestada (por la
niña y su madre), que la expone (a la menor) a un riesgo
cierto de muerte, si pretende deshacerse del feto sin la ayuda
de los profesionales médicos” de un hospital público. El
Comité consideró que V.O. “es ya una paciente en riesgo
psíquico, con una fragilidad estructural agravada por el
trauma, la no respuesta a su deseo y la imposición de que
acepte un embarazo que rechaza”.
Con todos los argumentos
descriptos, Darmandrail autorizó el aborto terapéutico,
basándose en lo que expresa el inciso segundo del artículo
86 del Código Penal. La jueza interpretó que la “hipótesis
genérica” de esa norma aprueba el aborto terapéutico si
éste “se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la
vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser
evitado por otros medios”. El “peligro para la salud”
abarca también “la salud psíquica”.
Por eso se brindó la
autorización “para la interrupción del embarazo”, que
deberá realizarse en el Hospital Interzonal de Mar del Plata.
También se ordena preservar la prueba de cargo para poder
acusar al violador.
El 86 y el aborto legal
Por C. R.
El artículo 86 del Código
Penal dice que “el aborto practicado por un médico
diplomado con el consentimiento de la mujer encinta no es
punible” en dos situaciones que son contempladas en los
incisos uno y dos de la norma. En el primero se dice que es
posible realizarlo “si se ha hecho con el fin de evitar un
peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro
no puede ser evitado por otros medios”. El segundo contempla
el aborto terapéutico “si el embarazo proviene de una
violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer
idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su
representante legal deberá ser requerido para el aborto”.
En el caso de Mar del Plata,
la jueza Silvina Darmandrail interpretó que se puede aplicar
el inciso uno “sin forzar demasiado los argumentos”. En
este caso, la menor M.V.O., si bien ha reclamado a través de
su madre la interrupción del embarazo, no cuenta con “la
edad mínima estimada de 16 años para prestar el
consentimiento” que en el Código Penal se dice que debe ser
realizado por “la mujer encinta”. En este caso, la
habilitada para hacerlo podría ser la mamá de la chica, si
los jueces lo admiten.
En cuanto a la condición que
establece el inciso uno sobre la necesidad de “evitar un
peligro para la vida o la salud de la madre”, la jueza hace
énfasis en la “salud psíquica” de la menor. La niña le
ha dicho a la asistente social Daniela Camerucci que “no
quiere tener a ese hijo porque no lo eligió, no lo quiere
tener a esta edad, ni con una persona que no eligió”. La
chica está tan mal que piensa en “cambiar de escuela y no
quiere salir a la calle”.
La perito psicóloga Beatriz
Malbrán ha recordado que “los niños producto de
violaciones corren riesgos gravísimos de padecer maltrato por
parte de sus progenitores, necesitadas de dar corte a su
propio dolor y escarmiento al agresor, a través de su
representante”.
|