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Mujeres al Oeste

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Una modesta proposición
Por las mujeres uruguayas que aborten, en el 2004, y después también

Por Rafael Sanseviero (*)

El Senado uruguayo rechazó el proyecto de ley de Defensa de la Salud Reproductiva. Ello significa que el Estado seguirá sin hacerse cargo implementar políticas que podrían reducir la necesidad de abortar de las uruguayas, que el aborto seguirá siendo un delito siempre... y que los abortos seguirán practicándose como hasta el presente. Sin embargo todavía hay condiciones y tiempo para que algo importante cambie.


En un artículo anterior puse de manifiesto un dato al que nadie parece darle relevancia: el debate sobre el aborto, que concluyó con el archivo (léase rechazo) del proyecto de ley de Defensa de la Salud Reproductiva, reveló la existencia de un consenso históricamente inédito sobre la inoperancia de la penalización del aborto y la pertinencia de buscar alternativas no punitivas a las consecuencias de esa práctica social.

En este proceso de debate sobre el aborto en Uruguay, a diferencia de los todos los anteriores, se produjo una convergencia de opiniones de una amplitud y contundencia inéditas sobre el fracaso de la penalización como estrategia social para enfrentar el aborto voluntario y sus consecuencias.

Repaso (de memoria) apenas los integrantes más significativos de ese espacio de opinión que cuestiona la penalización como solución a la problemática del aborto:

a) En el campo político (partidario) todos los actores que votaron el proyecto de ley de Defensa de la Salud Reproductiva y también muchos que no lo respaldaron;

b) Entre las numerosas organizaciones de la sociedad civil de Montevideo e interior del país que se incorporaron en este proceso se destaca por su peso el como el movimiento sindical, que históricamente había eludido pronunciarse sobre el tema.

c) En el campo de las religiones, son categóricos los pronunciamientos de los valdenses, metodistas, afroumbandistas, de las mujeres judías. Por la autoridad socialmente otorgada a la iglesia católica, resulta de especial relevancia el comunicado de la Conferencia Episcopal del Uruguay, en vísperas de la votación en el senado reclamando la necesidad de buscar penas alternativas a la prisión para las mujeres que abortan. Con esa declaración se traparentaba que más allá del amplio espacio brindado por los medios de comunicación al arzobispo de Montevideo (quien equipara aborto con crimen y hace derivar de ello la necesidad insoslayable de punir a las mujeres que se lo practican) el radicalismo de su planteo es minoritario dentro de la propia iglesia católica.

d) Tanto jerarquías de los institutos policiales como entidades y personalidades del ámbito de la administración de la justicia, coinciden también en la inoperancia de la penalización del aborto.

e) En otros campos de la vida social, por el poder simbólico y la representatividad social que tienen en Uruguay, resultan trascendentes los pronunciamientos del Sindicato Médico del Uruguay y de la Universidad de la República.

En los hechos, entre cientos de personas e instituciones de las más variadas procedencias, pero todas suficientemente calificadas como para haber sido convocadas por las cámaras del Poder Legislativo para emitir su opinión sobre la ley de Defensa de la Salud Reproductiva, difícilmente se encuentre media docena de voces que reivindiquen la legislación vigente como una estrategia razonable para enfrentar las problemáticas del aborto voluntario.

No obstante ello, el Senado votó en contra del proyecto, manteniendo la penalización como única estrategia social frente a la práctica del aborto voluntario.

El camino de las mujeres uruguayas hacia sus abortos está empedrado de las buenas intenciones de todos los representantes políticos que votaron en contra del proyecto, deplorando la ausencia de educación sexual, de métodos anticonceptivos accesibles para todas, la pobreza y las desigualdades de acceso a "buenos o malos" abortos... Pero sigue siendo un camino ilegal, donde las vulnerabilidades socialmente producidas, que muchas veces determinan la necesidad de abortar, se potencian.

A partir de la votación en el Senado se abren diferentes alternativas. Una de ellas es analizar en profundidad esta experiencia, para conocernos mejor como sociedad. Vale la pena pensar en el estado del vínculo entre el sistema político uruguayo y la sociedad que representa y conduce; vale la pena tratar de entender que trasluce u opaca la costumbre política de no debatir temas que dividen a la sociedad en años electorales; vale la pena indagar en el significado real de la actitud genuflexa de un estado laico y secularizado desde hace (justamente) cien años, frente a ciertas posturas de la iglesia católica. Sin embargo ahora me interesa señalar otra dirección.

La votación en el senado clausuró un camino (por lo menos, circunstancialmente): el que buscaba dar respuesta, en un mismo acto político legislativo, a múltiples problemáticas vinculadas al aborto; especialmente en lo relativo a su prevención. No hubo acuerdo sobre el resultado de una ingeniería tan compleja.

Sin embargo, queda en pié el consenso mayoritario acerca de la penalización del aborto. Sobre este tema aún hay tiempo para legislar; pero también resulta evidente la ausencia de voluntad política para hacerlo. No obstante, tomando como punto de partida la voluntad política reiteradamente manifestada de someter el tema a consideración de la ciudadanía, me permito sostener que de acuerdo a los establecido en el literal "B" del artículo 331 de la Constitución, por dos quintos de votos del Poder Legislativo se puede someter a plebiscito en la próxima elección una reforma del texto constitucional.

La izquierda y los legisladores que votaron el proyecto de Defensa de la Salud Reproductiva alcanzan el número requerido para iniciar ese procedimiento. No parece disparatado pensar que a ellos puedan sumarse otras voluntades. El asunto es qué reforma plebiscitar en el próximo mes de octubre, que de cuenta del consenso político y social ya expresado durante el debate.

Aquí va una modesta proposición: incluir entre los derechos y garantías de las ciudadanas que ninguna mujer podrá ser perseguida por interrumpir voluntariamente su embarazo.

Esa formulación no resuelve el conjunto de aspectos que abordaba el proyecto de ley de Defensa de la Salud Reproductiva, en tanto simplemente establece un límite al poder, dejando afuera todas las afirmaciones positivas que el proyecto rechazado incluía.

Sin embargo, ese límite incorpora, como afirmación, el reconocimiento de los riesgos, daños y desventajas presentes para ciertos grupos sociales, en este caso las mujeres heterosexuales y con una vida sexual activa, que por su condición de tales están expuestas a experiencias vitales que representan situaciones de vulnerabilidad socialmente producidas.

Incorpora por lo tanto, en el derecho positivo uruguayo una dimensión del derecho a la igualdad de tratamiento en el plano legal, que la actual legislación que penaliza el aborto restringe.

Por otra parte, como sostiene la jurista peruana Giulia Tamayo, cuando como en este caso se enfrenta un conflicto de derechos, y la solución que se adopta es, como en la actual legislación uruguaya, una limitación de los derechos individuales (la prisión para las mujeres que abortan), esa limitación debe ser justificada considerando la legitimidad, proporcionalidad e idoneidad del medio empleado. La penalización del aborto sostenida por 66 años no resiste la prueba de proporcionalidad ni de idoneidad.

En definitiva la inclusión de una garantía de ese tipo en el texto constitucional permitirá que deje de recaer sobre las mujeres y solo sobre ellas, el peso de las consecuencias de la incapacidad de los cuerpos políticos de acordar e implementar políticas integrales relacionadas con el aborto, la sexualidad y la reproducción. No salda la deuda con las mujeres uruguayas; pero la reconoce y la hace menos gravosa.




(*) Ex diputado. Coordinador del Centro Internacional de Investigación e Información para la Paz.